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Corte Constitucional inaplica norma que impide cambiar el nombre por segunda vez (2:52 p.m. )

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13 de Marzo de 2014

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La Corte Constitucional inaplicó el artículo 94 del Decreto-Ley 1260 de 1970, que impide tramitar un segundo cambio de nombre, por considerar que cuando se ven afectados los derechos a la personalidad e integridad personales es posible obviar esta disposición. Añadió que la posibilidad debe estar sujeta a un pronunciamiento judicial en el que se valore la procedencia excepcional de la falta de aplicación de la norma. Aunque la corporación había accedido a una pretensión de esta naturaleza para preservar los derechos de un ciudadano en plan de redireccionamiento de su identidad sexual, en este caso comprobó que el primer cambio de nombre, por uno de mujer, no se dio como reflejo de la migración hacia esa orientación de género, sino debido a un trastorno mental que estaba padeciendo el actor, pues este se sigue identificando como hombre (M. P. Nilson Pinilla).

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