Corte Constitucional enlista los decretos y actos sobre los que ejerce control atípico (12:00 p.m.)
22 de Agosto de 2012
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Nota:
82926
La Corte Constitucional señaló que no ha sido pacífica la definición de competencia sobre el control de constitucionalidad de decretos y otros actos generales sin fuerza de ley. De esta forma, señaló que se considera atípico o especial el control de constitucionalidad adelantado por este tribunal sobre decretos diferentes de los asignados expresamente en los artículos 241 y 10 transitorio de la Constitución o de otros actos reputados administrativos. Así las cosas, también ejerce dicho control sobre decretos con fuerza de ley expedidos con anterioridad a la promulgación de la Constitución de 1991, compilatorios de leyes, que declaran un estado de excepción, expedidos con ocasión del ejercicio de facultades conferidas por disposiciones transitorias de la Constitución que no preceden al artículo 10, que corrigen yerros en determinadas disposiciones con fuerza de ley, de ejecución de la convocación de un referendo constitucional y que convocan a sesiones extraordinarias al Congreso de la República, entre otros. El pronunciamiento fue realizado en el fallo inhibitorio frente a una demanda contra el Decreto 3806 del 2009, que busca desarrollar las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en la contratación pública (M.P. Mauricio González Cuervo).
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