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Corte Constitucional condicionó norma sobre desvinculación de empleados de la Dian

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19 de Abril de 2021

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La desvinculación del empleado público de la Dian protegido por fuero sindical no requiere autorización judicial previa cuando se trate de ejecutar una destitución disciplinaria proferida por la Procuraduría General de la Nación o cuando se trate de una inhabilidad sobreviniente derivada de una decisión de un órgano de control, precisó la Corte Constitucional por medio de un comunicado de sentencia. En tal sentido, condicionó el numeral 4° del artículo 144 del Decreto Ley 071 del 2020, que establece y regula el sistema específico de carrera de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y expiden normas relacionadas con la administración y gestión del talento humano de la DIAN. Lo anterior en el entendido que no será necesario solicitar y obtener el levantamiento del fuero sindical cuando la destitución sea proferida por la Procuraduría. También condicionó el numeral 5° del artículo 144, bajo el entendido que la desvinculación del servidor aforado no requiere el levantamiento del fuero sindical cuando la inhabilidad sobreviniente resulte de una decisión judicial en firme o de una decisión ejecutoriada de un órgano de control. Conozca todos los argumentos en el texto adjunto (M. P. Alejandro Linares Cantillo).   

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