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Corte Constitucional admite demanda contra norma sobre atención de choques simples

Los accionantes consideran que la nueva regulación sobre accidentes de tránsito que generan solamente daños materiales quebranta el deber de protección que corresponde al Estado.
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¿La fuga en accidentes de tránsito se debe consignar en el informe policial? (Freepik)

11 de Julio de 2023

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Unos ciudadanos presentaron demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 16 de la Ley 2251 del 2022, que modificó el artículo 143 de la Ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito). La norma señala que en los choques de automóviles en los que solo se presenten daños materiales sean los involucrados los que tomen fotos, recauden pruebas y retiren los vehículos, sin necesidad de llamar a la autoridad de tránsito.

 

Los accionantes consideran que la nueva regulación quebranta el deber de protección que corresponde al Estado sobre los bienes de quienes residen en Colombia, el derecho a la vida e integridad de las personas y la prohibición de retroceso respecto del derecho de propiedad, entre otros.

 

Al imponer al ciudadano la carga de recoger las pruebas necesarias para evidenciar el accidente y determinar las condiciones de modo, tiempo y lugar de los hechos para sustentar cualquier reclamación, según los demandantes, se ha puesto en cabeza de un sujeto no cualificado la recolección de una evidencia que requiere de un conocimiento técnico, objetivo y especializado y sin interés alguno (Demandantes: Julio Andrés Ossa Santamaría y otros).

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