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Corte avala inhabilidad permanente para contratistas que reincidan en entregar información errada al RUP (4:25 p.m.)

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29 de Noviembre de 2012

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Siempre y cuando se respete el derecho al debido proceso, los contratistas del Estado que suministren información errada al registro único de proponentes (RUP) podrán ser inhabilitados permanentemente. Así lo confirmó la Corte Constitucional al declarar exequible la expresión “En caso de reincidencia la inhabilidad será permanente”, contenida en el artículo 6º de la Ley 1150 del 2007. La Sala Plena condicionó la constitucionalidad de la disposición a que se observen las garantías del debido proceso para los sancionados, pese a que la Procuraduría sugería la inexequibilidad y la expedición de una normativa más rigurosa en la materia por parte del Congreso que eliminara el castigo permanente (M.P. Jorge Iván Palacio Palacio).

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