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Corrigen comunicado sobre exequibilidad de regulación del derecho de petición (3:31 p.m.)

98262

20 de Enero de 2015

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La Corte Constitucional informó de un error involuntario en su comunicado 47, correspondiente a las decisiones adoptadas los días 3 y 4 de diciembre del 2014, pues se omitieron dos puntos de la parte resolutiva de la Sentencia C-951, que avaló el articulado del proyecto de ley estatutaria que regula el derecho de petición. El alto tribunal aclaró que dicho fallo también declaró la exequibilidad condicionada de los artículos 16 y 26 de la iniciativa, relativos al contenido de las peticiones y la insistencia del solicitante en caso de reserva, respectivamente. Así, el numeral 2° del artículo 16 exige la identificación del peticionario, frente a lo cual la corporación estableció que es viable tramitar y resolver de fondo peticiones anónimas, cuando existan razones serias y creíbles que justifiquen mantener la reserva de la identidad. En cuanto al artículo 26, el condicionamiento introducido permite la resolución del recurso de insistencia por cualquier juzgador en los municipios en los que no existe juez administrativo.

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