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Coronavirus (covid-19)Diagnosticados con covid-19 recibirán pago de incapacidad por enfermedad general o laboral

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11 de Agosto de 2020

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Por medio del Decreto 1109, del 10 de agosto, el Ministerio de Salud crea el programa de pruebas, rastreo y aislamiento selectivo sostenible (PRASS), para el seguimiento de casos y contactos de coronavirus (covid-19) en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS); reglamenta el reconocimiento económico de quienes deben estar en aislamiento a causa del virus y establece las responsabilidades que los diferentes actores del sistema deben cumplir para su ejecución. De acuerdo con la norma, los afiliados cotizantes al régimen contributivo que sean diagnosticados con el virus contarán con los recursos económicos derivados de la incapacidad por enfermedad general o laboral, según corresponda, que reconozcan la EPS o las administradoras de riesgos laborales para garantizar el aislamiento de ellos y su núcleo familiar. Quienes sean diagnosticados, pero el médico tratante considere que no es necesario generar una incapacidad, teniendo en cuentas las condiciones físicas del paciente, serán priorizados para realizar teletrabajo o trabajo en casa, durante el término del aislamiento obligatorio. Los afiliados al régimen subsidiado de salud que sean diagnosticados contarán con el pago de la compensación económica temporal creada por el Decreto 538 del 2020, que corresponde a siete días de salario mínimo legal diario vigente, por una sola vez y por núcleo familiar, siempre y cuando se haya cumplido con la medida de aislamiento.

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