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Coronavirus (covid-19)Condicionan forma de acreditar la calidad de empleador para acceder a beneficios del PAE

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29 de Octubre de 2020

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La Corte Constitucional reiteró los criterios y consideraciones expuestos en la Sentencia C-458 del 2020, conforme a los cuales se precisa quiénes deben ser los beneficiarios del programa de apoyo al empleo (PAE), la forma de acreditar la calidad de empleador para acceder a esos beneficios y la responsabilidad de los servidores públicos encargados de la implementación del programa PAE. Por medio de comunicado de sentencia informó la exequibilidad del Decreto 677 del 2020, el cual modificó el Decreto 639 del 2020 y dispuso medidas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF). Lo anterior a excepción de las siguientes disposiciones: (i) condicionó el artículo 1º del Decreto 677, que modificó el numeral 1º del artículo 2º del Decreto 639 del 2020, en el entendido que se refiere a los beneficiarios del PAEF constituidos antes del estado de emergencia económica, social y ecológica; (ii) condicionó el artículo 1° del Decreto Legislativo 677, que modificó el numeral 2º y el parágrafo 6° del artículo 2º del Decreto 639, bajo el entendido que la persona que carezca de la obligación de inscribirse en el registro mercantil puede demostrar su calidad de empleador mediante la planilla integrada PILA; (iii) declaró inexequible varias expresiones del artículo 1º del Decreto Legislativo 677 y (iv) declaró el condicionamiento de otras expresiones del artículo 3º del Decreto Legislativo 677 (M. P. Richard S. Ramírez Grisales).

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