A último debate irá proyecto que establece medidas contra la violencia de género digital
22 de Mayo de 2024
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en tercer debate el proyecto de ley 241/22S-256/22S-366/24C, con el cual adoptan medidas de prevención, protección, reparación y penalización de la violencia de género digital.
La iniciativa, de autoría de las senadoras Clara López y Ana María Castañeda, busca asegurar una vida libre de violencias por razón de género en entornos digitales, tanto en el ámbito público como en el privado, y adoptar lineamientos para la formulación de una política pública en esa materia. (Lea: Cámara debatirá penalizar la violencia digital de género).
El proyecto radicado establece que el Gobierno reglamentará la normativa en un término no superior a seis meses contados a partir de la expedición de la ley. (Lea: Tenemos que reforzar las medidas de protección para víctimas de violencia basada en género: Carolina Giraldo)
Esta política tendrá en cuenta las disposiciones del articulado y se compondrá de las siguientes fases:
- Formulación: en esta fase se precisará un diagnóstico, que incluirá el levantamiento de la línea de base; la caracterización de la problemática; definición de acciones articuladas entre diferentes entidades, instancias y niveles del Estado para desarrollar programas y proyectos que contendrán metas trazadoras, estrategias, indicadores y fuentes de financiamiento. Lo anterior para garantizar la prevención, protección y la reparación frente a este tipo de violencia.
- Implementación: esta fase consiste en la puesta en marcha de los programas y proyectos formulados en la primera fase.
- Seguimiento: se dispondrá un sistema de seguimiento que garantice el cumplimiento de los objetivos, metas trazadoras, estrategias, indicadores y fuentes de financiamiento de los distintos programas y proyectos.
- Evaluación de impacto: la política pública implementará estudios para verificar y medir el impacto del proyecto puesto en marcha.
El articulado propone también modificaciones al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal, como la inclusión del delito de distribución de material íntimo y sexual sin consentimiento. Según el texto: “El que cree, difunda, distribuya o haga intercambio digital de fotografías o videos sin el consentimiento de la persona que figura o aparece en dicho material íntimo incurrirá en prisión de 20 a 36 meses y multa de 100 a 1500 smmlv. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad si la conducta se realiza en contra de mujeres, niñas, niños y otras personas, motivada por razones de género, orientación sexual y/o identidad de género diversas”.
Asimismo, establecería la penalización y agravamiento de conductas frente a este tipo de violencia realizada mediante el uso las TIC. “Todo aquel que capte, grabe, filme o fotografíe las partes íntimas de otra persona sin su consentimiento o quien las distribuya, comparta o publique será sancionado con privación de la libertad de 32 a 72 meses […] La sanción se agravaría si el autor del delito ese es el cónyuge o compañero permanente o si la víctima se encontraba en estado de inconsciencia o discapacidad, la pena se aumentaría en la mitad”, se lee en el articulado.
Ahora la iniciativa pasará a la plenaria de la Cámara de Representantes donde, de ser aprobada, pasará a la Presidencia de la República para ser sancionada.
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