Tutela es improcedente cuando el proceso está en curso
08 de Septiembre de 2022
Por lineamiento jurisprudencial, este instrumento excepcional no procede respecto de providencias judiciales, salvo que el funcionario adopte una decisión por completo desviada del camino previamente señalado, sin ninguna objetividad, que termine configurando el proceder denominado “vía de hecho”, recordó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
El alto tribunal explicó en el caso concreto que de los elementos de convicción se puede extraer la improcedencia del amparo solicitado, ya que el proceso censurado se encuentra en curso, por lo que el accionante puede exponer sus inconformidades en dicho trámite, sin que le sea dable acudir a este mecanismo excepcional y subsidiario.
Se concluye entonces que el peticionario tiene la posibilidad de controvertir cualquier hecho o circunstancia que considere trasgrede sus prerrogativas esenciales dentro del proceso en curso, razón por la que no es viable que el juez constitucional se anticipe a las decisiones que allí sean adoptadas. Entonces lo que corresponde es aguardar que sea proferida la sentencia de primera instancia, la que de ser desfavorable a sus intereses puede ser apelada (M. P. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo).
Opina, Comenta
Ver todosCARLOS FRED BR…