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Solicitudes de aplazamiento de estudios no pueden ser rechazadas por razones formales (11:51 a.m.)

55697

08 de Mayo de 2017

Por medio de una acción de tutela, la Corte Constitucional encontró que el Sistema Nacional de Aprendizaje (Sena) desestimó la solicitud de aplazamiento de una estudiante argumentando razones de índole formal, lo cual hace que se vulnere el derecho fundamental a la educación, en su componente de adaptabilidad o permanencia. Lo anterior conllevó a la cancelación de la matrícula académica por deserción escolar, sin que se le respetara a esta su derecho al debido proceso, contemplado en el reglamento del aprendiz. Esta situación, a juicio de la alta corporación judicial, no tiene ninguna justificación, pues es preciso examinar e interpretar razonablemente las normas de los reglamentos académicos, “con el fin de evitar graves arbitrariedades que hagan nugatorio el derecho fundamental a la educación por odiosas razones”. Razón por la cual revocó la decisión de instancia que había negado el amparo y, en su lugar, concedió la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y a la educación de la demandante. Ello con la finalidad de que pueda terminar con éxito sus estudios de formación técnica. Conozca el caso  completo en la sentencia adjunta a esta nota (M.P. María Victoria Calle).

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