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Señalan medidas que debe tomar la ANM ante superposición de títulos mineros con predios en restitución (10:31 a. m.)

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13 de Marzo de 2014

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Demostrado el nexo causal entre el conflicto armado, el desplazamiento forzado y el abandono de los predios reclamados, un juez de restitución de tierras de Guadalajara de Buga (Valle del Cauca) ordenó la protección del derecho de propiedad en común y proindiviso sobre dos bienes reclamados por la víctima. Vale la pena aclarar que el reconocimiento del derecho se hizo de acuerdo a los porcentajes adjudicados en una sucesión, pues no se solicitó la usucapión frente a los comuneros. En la sentencia también se levantó una medida cautelar de suspensión de contratos de concesión y títulos de explotación minera, al advertir que en caso de superposición de alguna concesión con los predios restituidos, la Agencia Nacional de Minería (ANM) deberá cumplir lo ordenado en los artículos 39 a 44 de la Ley 685 del 2001, al momento de otorgarla.

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