Secretarías de salud no tienen competencia legal para interponer acciones de tutela en favor de usuarios (3:59 p.m.)
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02 de Abril de 2019
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Teniendo en cuenta las funciones que el legislador ha adscrito a los entes territoriales, las secretarías de salud no tienen competencia para interponer acciones de tutela en favor de los usuarios a quienes las EPS o IPS les nieguen la prestación de sus servicios. No obstante, precisó el Ministerio de Salud, en el acto administrativo de creación de cada secretaría en particular se puede establecer dicha función, pero la potestad dependerá exclusivamente del mencionado acto, por lo que es necesario analizar cada ente territorial.
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