Reforma a la vigilancia y control fiscal sustituyó la Constitución del 91 por una nueva, concluye demanda (12:39 p.m.)
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07 de Enero de 2020
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A través del Acto Legislativo 04 del 2019, se reformó el régimen de control fiscal del país y se le otorgó al Contralor General de la República la función excepcional de control preventivo. Ahora bien, la Corte Constitucional admitió una nueva demanda en contra de los incisos 2° y 3° del artículo primero y el numeral 13 del artículo segundo de dicha reforma constitucional. De acuerdo con el demandante, el Congreso de la República habría excedido su poder de reforma y sustituido pilares esenciales de la Constitución Política. “El ordenamiento jurídico superior tiene un eje estructural que consiste en el principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos que, para el caso de las funciones administrativas y de control fiscal, se garantiza si este último se ejerce de manera posterior y selectiva”, enfatizó. El escrito finaliza sosteniendo que la Asamblea Nacional Constituyente optó por la abolición del control previo, “de ahí que las disposiciones demandadas en realidad sustituyeron la Constitución por una nueva, aspecto para lo cual se carecía de competencia”.
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