Publican razones de la inexequibilidad de las normas que regularon el derecho de petición (9:00 a.m.)
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10 de Noviembre de 2011
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La Corte Constitucional dio a conocer las razones por las cuales declaró inexequibles los artículos 13-33 del nuevo Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011), que regularon lo referente al derecho de petición. Recordó que los efectos inmediatos de la decisión traería un serio impacto en materia de protección de ese derecho, pues habría un vacío legal con incidencia directa en el goce de esta garantía. Por tal razón, difirió los efectos del fallo al 31 de diciembre de 2014, a fin de que el Congreso expida la ley estatutaria correspondiente. Según el alto tribunal, se trata de normas que se refieren a contenidos muy cercanos a los elementos estructurales esenciales del derecho de petición y contienen un desarrollo integral y sistemático de este derecho fundamental, por lo que todas las materias tratadas, cualquiera hubiera sido su contenido específico, han debido ser objeto de una ley estatutaria. Los magistrados María Victoria Calle y Gabriel Eduardo Mendoza salvaron su voto en lo referente al diferimiento de los efectos de la decisión (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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