Procuraduría recordó que la solicitud de unificación de jurisprudencia no puede hacerse por medio de la acción pública de inconstitucionalidad (8:50 a.m.)
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27 de Agosto de 2012
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La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que se inhiba de emitir un pronunciamiento de fondo en la demanda contra los artículos 3° de la Ley 33 de 1985 y 18 de la Ley 100 de 1993. Las normas demandadas determinan los factores salariales que sirven de base para liquidar la cuantía de los aportes de los servidores públicos a la seguridad social en pensiones. El Ministerio Público señaló que no puede haber un pronunciamiento de la Corte porque la acción pública de inconstitucionalidad no se puede usar para unificar jurisprudencia, tal como lo solicita el actor en la presente demanda. A juicio del actor, existen interpretaciones disímiles entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado al respecto. Por su parte, la Procuraduría recordó que esta acción no es para resolver discrepancias existentes en los tribunales sobre las normas, tratándose de interpretaciones razonables, pues los jueces están obligados a interpretarlas de acuerdo a la Constitución.
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