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Procuraduría pide inexequibilidad de la norma que permite presentar la demanda laboral en el lugar del domicilio del demandante (3:44 p.m.)

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07 de Enero de 2011

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La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequible la expresión “o por el domicilio del demandante”, contenida en el artículo 45 de la Ley 1395 del 2010 (Ley de Descongestión), en la que se establece que en el domicilio del demandante también puede presentarse la demanda laboral, por estimar que rompe el equilibrio entre las partes y, por esa vía, desconoce el debido proceso, la igualdad y el derecho de defensa del demandado. A juicio del Ministerio Público, aunque el legislador puede definir la competencia de los funcionarios judiciales respecto de las controversias laborales, debe también mantener el equilibrio entre el demandante y el demandado al momento de expedir las normas reguladoras de los procedimientos. Así, el posible beneficio que significa para los trabajadores no alcanza a desvirtuar la grave afectación que implica para el demandado.

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