Prima de navidad para empleados públicos se reconoce de manera proporcional a los días laborados (8:00 a.m.)
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09 de Abril de 2019
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El artículo 17 del Decreto 330 del 2018 modificó la forma de liquidar la prima de navidad, aplicable para los empleados públicos y trabajadores oficiales del nivel nacional como para los de nivel territorial, en el sentido que si el empleado no ha laborado todo el año civil tendrá derecho a su reconocimiento en forma proporcional al tiempo laborado, es decir, ya no se reconoce en virtud a la doceava parte por cada mes completo laborado consagrada en el artículo 32 del Decreto 1045 de 1978. Así las cosas, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, si el empleado no laboró el año completo es viable el pago proporcional de los días efectivamente laborados durante el respectivo periodo.
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