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Piden declarar constitucional notificación tácita del Código General del Proceso (8:54 a.m.)

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17 de Junio de 2015

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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible la norma del Código General del Proceso (CGP) que permite dar por notificados los casos en los cuales en el lugar de destino no sea posible o no haya voluntad de que se produzca el acto de comunicación (artículo 291 parcial de la Ley 1564 del 2012). La disposición permite que, ante este tipo de dificultades, la empresa postal deje la constancia respectiva, lo que da lugar a entender cumplido el deber de notificar. El Ministerio Público considera que, una vez radicada la comunicación en el destino específico requerido, no hay razones para que el interesado no pueda enterarse de su contenido, luego la norma no es violatoria de sus derechos a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la administración justicia. Al contrario, dice el organismo de control, es un mecanismo efectivo para evitar frecuentes mecanismos de dilación en los procesos. La ponencia será proyectada por el magistrado Mauricio González.

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