Participación de congresistas en Comisión Rectora del Sistema General de Regalías es inconstitucional: Procuraduría (9:53 a.m.)
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26 de Diciembre de 2012
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La participación de los congresistas en la comisión rectora y en los órganos colegiados de administración y decisión del Sistema General de Regalías vulnera la prohibición prevista en el numeral 3º del artículo 180 de la Constitución, que aluden al principio de separación funcional del Poder Público. Así lo indicó el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, al solicitarle a la Corte Constitucional que declare inexequible el artículo 4º de la Ley 1530 del 2012, por medio de la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías. En concepto del procurador, las expresiones demandadas desconocen una clara prohibición constitucional y vulneran el principio de separación del Poder Público. El jefe del Ministerio Público recordó que el artículo 180.3 de la Constitución prohíbe de manera expresa a los congresistas ser miembros de juntas o consejos directivos de entidades descentralizadas de cualquier nivel o de instituciones que administren tributos.
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