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Otorgamiento de beneficios por parte de universidades debe tener un procedimiento que permita demostrar los requisitos para adquirirlos (10:26 a.m.)

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15 de Junio de 2012

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La Corte Constitucional señaló que las actuaciones que las universidades adelanten en el otorgamiento de beneficios a los estudiantes deben estar precedidas de un procedimiento que le permita al interesado demostrar los requisitos necesarios para adquirirlos. De igual forma, estos trámites deben permitir que estas entidades corroboren el valor probatorio de los documentos que se alleguen para el acceso a los beneficios. De esta forma, la Corte tuteló los derechos fundamentales de un estudiante que no fue exonerado del pago de los derechos académicos porque la condición de damnificado necesaria para reclamar esa prerrogativa no fue correctamente demostrada. Como no se permitió que el universitario aclarara la situación, se vulneró el derecho al debido proceso, concluyó la corporación (M.P. Mauricio González Cuervo).

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