Negar la devolución de la retefuente descontada en exceso por motivos económicos viola el debido proceso (9:00 a.m.)
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07 de Noviembre de 2012
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La Sección Segunda del Consejo de Estado estableció que el extinto DAS violó el derecho al debido proceso de un contratista a quien se le descontó la retención en la fuente en exceso, contrariando el artículo 173 de la Ley 1450 del 2011. A juicio de la corporación, el accionante no está obligado a soportar los inconvenientes financieros o presupuestales de la entidad. Según el alto tribunal, si bien el DAS se encuentra a la espera de que la DIAN fije el procedimiento para realizar dicha devolución, esto no impide tramitar la petición de la persona (C. P. Víctor Hernando Alvarado).
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