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Medidas para mitigar el impacto del Covid-19 en el sector cultura son constitucionales

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03 de Noviembre de 2020

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Por medio de una sentencia, la Corte Constitucional informó la exequibilidad del Decreto 818 del 2020, que adoptó medidas especiales para la protección y mitigación del impacto del covid-19 en el sector cultura, en el marco del estado de emergencia económica social y ecológica declarado mediante el Decreto 637 del 2020. El alto tribunal examinó el cumplimiento de los requisitos materiales de constitucionalidad del decreto y concluyó que cumple los requisitos de (i) finalidad, (ii) conexidad material, (iii) motivación suficiente, (iv) ausencia de arbitrariedad, (v) intangibilidad, (vi) no contradicción específica, (vii) incompatibilidad, (viii) necesidad, (ix) proporcionalidad y (x) no discriminación. A su juicio, las medidas adoptadas con dicha norma impiden que se agrave la crisis derivada del estado de emergencia, en la medida en que generan liquidez al sector cultural, disminuyen la presión de la caja de los productores y operadores de boletería y desarrollan el mandato constitucional de promoción y fomento de la cultura. Por lo tanto, promueven la reactivación económica de este sector. De manera que, en efecto, atienden los motivos que fundamentaron la expedición del decreto y la declaratoria del estado de emergencia (M. P. Richard S. Ramírez Grisales).

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