Margarita Cabello asume como Procuradora General de la Nación
27 de Enero de 2021
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Nota:
50152
Una ciudadana interpuso una acción pública de inconstitucionalidad contra el numeral 2° del artículo 38B de la Ley 599 del 2000, adicionado por la Ley 1709 del 2014, y la expresión “tampoco quienes hayan sido condenados por”, contenida en el inciso 2° del artículo 68A del Código Penal. Hay que mencionar que los apartes acusados se relacionan con los requisitos para acceder a la prisión domiciliaria y sobre la exclusión de beneficios y subrogados penales. Según el concepto de la demandante, dichos apartes tienen una interpretación restrictiva que vulneran, presuntamente, la Constitución Política en sus artículos 13, 28, 29, 248 y en lo que tiene que ver con los derechos de presunción de inocencia, de legalidad y defensa. Así mismo, agrega que la exclusión para quienes hubiesen cometido por primera vez algunos de los delitos previstos en los apartes atacados resulta incoherente con la literalidad con la que fue redactado el inciso 2° del artículo 68A y la intención del legislador de procurar la descongestión judicial del sistema carcelario, “representando un capricho propio de sistemas inquisitivos superados con la adaptación del sistema penal acusatorio”.Noticia generada en Jun 20/16 (1:12 p.m.)Información relacionada: Revocar subrogado penal sin agotar trámite legal genera responsabilidad estatal (Jun. 9/15)
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