Listo fallo que respaldó posibilidad de apartarse de doctrina probable y casos análogos (11:36 a.m.)
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11 de Noviembre de 2015
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La Corte Constitucional publicó el fallo en el que declaró la exequibilidad del inciso segundo del artículo 7° del Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012), que impone a los jueces la obligación de exponer, claramente, los fundamentos jurídicos que justifican su decisión de apartarse de la doctrina probable y de casos análogos. Para la corporación, la utilización de estas fórmulas, lejos de atentar contra el artículo 230 de la Constitución Política, no solo refuerza el sistema jurídico nacional sino que, además, resulta perfectamente compatible con la jerarquización de las fuentes que establece el postulado constitucional, puesto que la jurisprudencia no crea normas sino que establece las pautas para que el juez, tanto en la parte considerativa como en la parte resolutiva, lleve la normativa a los casos concretos (M.P. Jorge Pretelt)
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