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Lista decisión sobre el proceso verbal inmediato en el nuevo Código de Policía (10:40 a.m.)

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18 de Mayo de 2017

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Hay que comenzar diciendo que en el proceso verbal inmediato se tramitan los comportamientos contrarios a la convivencia y de competencia del personal uniformado de la Policía Nacional. Al respecto, un ciudadano sustentaba, en una acción pública de inconstitucionalidad, algunos reparos puntuales sobre el parágrafo 1° del artículo 222 del nuevo Código Nacional de Policía. Esta norma dice que en contra de la orden de Policía o la medida correctiva procederá el recurso de apelación, el cual se concederá en el efecto devolutivo, esto es, no se suspenden los efectos de la orden mientras se decida el recurso. De acuerdo con este este escenario, la Corte Constitucional señaló que dicho efecto devolutivo garantiza la eficacia de las medidas que se imponen, las cuales apuntan a velar por intereses de tal entidad, que, de adoptarse una decisión distinta, podrían afectar derechos fundamentales y colectivos que gozan de prioridad (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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