Jóvenes en condición de adoptabilidad deben quedar exentos del pago de la cuota de compensación militar (4:17 p. m.)
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27 de Agosto de 2014
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Los jóvenes que se encuentren bajo el cuidado de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y sean eximidos de prestar el servicio militar quedarán exentos del pago de la cuota de compensación militar y de los costos de expedición de la libreta, así lo señaló la Corte Constitucional en la sentencia que declaró exequible el artículo 6º de la Ley 1118 del 2006. El alto tribunal advirtió que el legislador incurrió en una omisión legislativa al no incluir dentro de los beneficiarios de la exención de pago a los jóvenes en condición de adoptabilidad, pero esa omisión se puede subsanar a través de una sentencia integradora. Para tal efecto, los beneficiarios deberán aportar copia de la resolución de declaratoria de adoptabilidad y la certificación en la que haga constar su inclusión en el listado censal, agregó (M. P. María Victoria Calle Correa).
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