Interpretar que la Ley 33 de 1985 enlista de forma taxativa los factores sobre los que se calcula el IBL es una actuación regresiva (2:52 p.m.)
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28 de Junio de 2012
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El Consejo de Estado afirmó que interpretar que la Ley 33 de 1985 enlista de forma expresa y taxativa los factores sobre los que se calcula el ingreso base de liquidación (IBL) de una pensión de jubilación es una actuación regresiva, toda vez que se admite que el transcurso del tiempo ha implicado una manifiesta disminución en los beneficios alcanzados con anterioridad. Por esta razón, tuteló los derechos al debido proceso e igualdad y dejó sin efectos un fallo de un tribunal que negó la inclusión de unos factores que no estaban enlistados en el artículo 3° de la ley mencionada. A su juicio, este criterio jurídico difiere del precedente de unificación proferido por la Sección Segunda del alto tribunal en agosto del 2010 (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).
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