19 de Febrero de 2025 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Improcedente aclaración a Minsalud sobre orden de reajustar metodología de cálculo de la UPC

14 de Febrero de 2025

Reproducir
Nota:
224646
Imagen
Incapacidad común por covid-19 o priorización para trabajo en casa no implican detrimento para el empleador (Freepik)

La Corte Constitucional rechazó por improcedente la solicitud de aclaración de 50 interrogantes y 14 motivos de duda presentada por el Ministerio de Salud y Protección Social respecto del contenido del Auto 007 del 2025, por el cual se ordenó reajustar la metodología de cálculo de la UPC.

Según el alto tribunal, la solicitud no reflejaba dudas en relación con la redacción de la orden, una palabra o frase concreta contenida en ella, sino que, por el contrario, su intención fue discutir el fondo del asunto, lo cual no está permitido para las solicitudes de aclaración de providencias judiciales conforme a lo establecido en la jurisprudencia constitucional y el artículo 285 del Código General del Proceso. (Lea: Gobierno deberá reajustar metodología de cálculo de la UPC)

Así mismo, aclaró, los fundamentos en los que se basó para dictar las órdenes cuestionadas no carecen de sustento y los datos empleados provienen, en gran parte, de la información aportada por el Ministerio de Salud, la cual, como le ha sido señalado en múltiples ocasiones, no resulta suficiente ni completa, a pesar de los requerimientos efectuados y oportunidades otorgadas por la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-760 del 2008.

En ese sentido, los términos para cumplir con las órdenes emitidas en la parte resolutiva del Auto 007 de 2025 se contarán a partir de la notificación de esta decisión, a saber:

a. 10 días para crear la mesa de trabajo (numeral 3.1. del Auto 007 del 2025).

b. Un mes para presentar un informe donde justifique la fijación de la UPC del 2025 (numeral 3.8. de Auto 007 del 2025).

c. Tres meses para desarrollar una herramienta que permita constatar información (numeral 3.10. del Auto 007 del 2025).

d. Adicionalmente, deberá cumplir con todo lo ordenado en el Auto 007 del 2025 en los términos allí establecidos.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)