Exoneran a comunidades negras de prestar el servicio militar obligatorio
El alto tribunal concluyó que la norma acusada vulneró el principio de igualdad en perjuicio de las comunidades NARP, y que han debido ser incluidas como destinatarias de la exoneración.
10 de Diciembre de 2021
La Corte declaró la constitucionalidad condicionada de las normas que exoneran a los miembros de las comunidades indígenas de prestar el servicio militar obligatorio y de pagar la cuota de compensación militar, para que se entienda que también incluyen a los miembros de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras (NARP).
La demanda contra los artículos 12, literal J (parcial), y 12, parágrafo, literal B (parcial) de la Ley 1861 del 2017, sobre causales de exoneración del servicio militar obligatorio,
se refería al principio de igualdad.
El alto tribunal concluyó que la norma acusada vulneró el principio de igualdad en perjuicio de las comunidades NARP, y que han debido ser incluidas como destinatarias de la exoneración.
Además, afirmó que el legislador no tuvo en cuenta un deber específico constitucional, representado en la realización de los principios de diversidad étnica y cultural, el mandato de protección igual a todas las culturas y la obligación de garantizar la autonomía de los pueblos étnicos frente a su integridad cultural (M. P. Paola Andrea Meneses Mosquera).
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