Esto dijo la Corte sobre las multas que impiden ascensos y nombramientos públicos (12:19 p.m.)
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10 de Marzo de 2020
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La restricción consistente en ser nombrado o ascendido a un cargo público mientras que la persona tenga una multa impuesta en el marco del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana que no se haya pagado dentro de los seis meses siguientes a su imposición es razonable y, por lo tanto, se ajusta a la Constitución. Así lo concluye una sentencia reciente de la Corte Constitucional luego de declarar exequible el numeral segundo del artículo 183 de la Ley 1801 del 2016 (M. P. Alberto Rojas).
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