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Espacio nacional de consulta previa puede resolver impugnaciones a elecciones de delegado

El procedimiento que debe aplicarse para resolver la impugnación es el derecho de petición.
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17 de Mayo de 2024

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El Consejo de Estado levantó el velo sobre un concepto que emitió en el 2023 sobre el Espacio nacional de consulta previa.

A la Corporación se le preguntó: ¿puede el propio Espacio nacional de consulta previa resolver impugnaciones a las elecciones de delegados para el nuevo periodo? ¿Es posible que mediante la conformación de una comisión accidental del Espacio nacional de consulta previa se resuelvan las impugnaciones a las elecciones de delegados?¿Cuál debe ser el número de delegados ante esta comisión accidental y cuál el procedimiento para su conformación?

En su respuesta, la Sala de Consulta dijo que el Espacio nacional de consulta previa de las medidas legislativas y administrativas de amplio alcance, susceptibles de afectar de manera directa a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, por ser el órgano representativo de estas comunidades, sería el llamado a resolver las impugnaciones que se hayan presentado en el proceso de elección de los nuevos dignatarios.

La alta corte explicó que las impugnaciones deben resolverse sin perjuicio de que operativamente se apoye en comisiones o grupos de trabajo, según lo determine el órgano representativo en ejercicio de su autonomía.

Con relación a la pregunta ¿cuál debe ser el procedimiento para resolver las impugnaciones e inconformidades presentadas contra las elecciones de delegados ante el Espacio nacional de consulta previa para el periodo 2023-2027?, respondió que el procedimiento que debe aplicarse es el propio del derecho de petición (C. P.: Oscar Amaya).

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