Entidades administradoras del régimen subsidiado no pueden ofrecer planes voluntarios de salud (9:00 a.m.)
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14 de Agosto de 2012
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Decreto 1804 de 1999, sobre obligaciones de las entidades administradoras del régimen subsidiado, no es responsabilidad de estas entidades ofrecer planes voluntarios de salud ni realizar alianzas estratégicas para brindarlos, pues los recursos que administran están destinados exclusivamente a la prestación de servicios a los beneficiarios de menos recursos. Así lo precisó el Ministerio de Salud, en oficio de mayo.
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