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Ejecución extrajudicial por agentes del Estado admite pruebas indiciarias para establecer nexo causal (8:55 a.m.)

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01 de Noviembre de 2012

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Las comunidades indígenas son titulares de derechos y obligaciones y gozan de especial protección por parte del Estado. Por lo tanto, la vulneración de derechos fundamentales de sus miembros, en especial a la vida, se traduce en una afectación del derecho a la supervivencia cultural de la comunidad, de acuerdo con postulados internacionales, recordó el Consejo de Estado. En cuanto a la responsabilidad del Estado en el evento de ejecuciones extrajudiciales perpetradas por sus agentes, la sala indicó que no es posible exigir pruebas directas sobre la autoría, dada la irregularidad de la actuación, por tanto, la prueba indiciaria es admisible y valorable para determinar el nexo entre el daño y la actividad (C.P. Stella Conto Díaz del Castillo).

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