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Demandan posibilidad de que el Consejo Superior de la Judicatura pueda modificar cuantía de procesos (10:46 a.m.)

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20 de Enero de 2014

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Cuando la competencia se determine por la cuantía, los procesos son de mayor, de menor y de mínima cuantía. Ahora bien, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, previo concepto favorable del Gobierno, podrá modificar dichas cuantías, cuando las circunstancias así lo recomienden. En contra de esta autorización, prevista en el parágrafo del artículo 25 del Código General del Proceso (Ley 1564/12), se eleva una acción de inconstitucionalidad. A juicio del demandante, se viola el debido proceso y la seguridad jurídica, pues deja al arbitrio del Ejecutivo la fijación de estos montos (demandante: María Juliana Jiménez Martínez).

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