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Corte, inhibida para emitir pronunciamiento sobre la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP

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02 de Julio de 2020

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Al constatar que la norma demandada fue derogada por la ley estatutaria 1957 del 2019 y no se encuentra produciendo efectos, la Corte Constitucional se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo respecto de la constitucionalidad del artículo 141 de la Ley 1955 del 2019 (Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022), que reconoce autonomía administrativa, técnica y presupuestal a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la Jurisdicción Especial para la Paz, por carencia de objeto de control. Igualmente, decidió levantar, respecto del presente asunto, la suspensión de términos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura mediante Acuerdo PCSJA20-11556 del 2020. El magistrado Antonio José Lizarazo anunció la presentación de una aclaración de voto, al considerar que, pese a la derogación de la disposición demandada, la corporación ha debido pronunciarse sobre la categoría de la normativa que debe regular la organización y funcionamiento de la JEP (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

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