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Corte Constitucional publica fallo que declaró exequible la cesión gratuita de bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades públicas (4:30 p.m.)

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02 de Febrero de 2012

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La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró exequible el artículo 8° de la Ley 708 del 2001 (tierras fiscales), en el que se permite la entrega de los terrenos de entidades públicas del orden nacional que no tienen vocación para el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social. El alto tribunal señaló que la disposición no desconocía la unidad de materia, toda vez que, aunque esa previsión no se inscribe dentro del propósito general de la ley, que es propiciar herramientas para hacer frente al déficit de vivienda de interés social en las ciudades, es posible encontrar una relación temática. Ello es así porque con la medida se busca ampliar la racionalización en el uso de los inmuebles fiscales a inmuebles que, si bien no tienen vocación de vivienda de interés social, sí permanecen ociosos en las entidades titulares de los mismos y sin cumplir una función social (C.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).

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