Corte Constitucional publica fallo en el que se declaró inhibida para pronunciarse de fondo en demanda contra norma que regula la elección de los etnoeducadores (4:58 p.m.)
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23 de Marzo de 2012
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La Corte Constitucional publicó el texto del fallo en el que se declaró inhibida para pronunciarse de fondo frente a la demanda interpuesta contra el artículo 62 de la Ley 115 de 1994, en el que se permite la concertación de las autoridades para la elección de los etnoeducadores para los grupos étnicos. La corporación aclaró que el esquema de concertación no vulnera el derecho a la participación de los grupos étnicos en las decisiones que pueden afectarlos, pues, por el contrario, es un ingrediente imprescindible para la materialización de la consulta previa. Por ello, concluyó que la selección de etnoeducadores debe efectuarse a través del mecanismo de la concertación entre los voceros de las comunidades indígenas y las autoridades encargadas de administrar el servicio público de educación (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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