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Consejo de Estado ordena a colegio modificar manual de convivencia para garantizar respeto a orientación sexual de estudiantes (12:14 p.m.)

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14 de Diciembre de 2015

La prohibición de discriminación por razón de la identidad de género u orientación sexual dentro los planteles educativos es absoluta y ningún tercero, ya sean otros estudiantes o las mismas autoridades del plantel, pueden perseguir o mostrarse intolerantes con aquellos alumnos que decidan asumir voluntariamente una orientación sexual diferente a la de la mayoría. Con los anteriores argumentos, la Sección Segunda del Consejo de Estado, a través de una acción de tutela, ordenó al Colegio Militar Antonio Nariño que implemente una serie de acciones tendientes a la adecuación de su manual de convivencia al Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de acuerdo a lo estipulado por la Ley 1620 del 2013 y el Decreto 1965 de 2015, para garantizar que este sea respetuoso y garantista con la orientación sexual y la identidad de género de sus estudiantes. La decisión se tomó luego de que en dicha institución académica no contaran con una serie de medidas administrativas, académicas y sociales para entender de manera oportuna y eficiente un caso en el que, al parecer, se estaría presentando una situación de acoso escolar a un menor en razón de su preferencia sexual (C.P. Rafael Vergara).

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