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Conozca la sentencia que respalda la Ley Anticontrabando (2:04 p.m.)

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10 de Junio de 2016

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La Sala Plena de la Corte Constitucional publicó la sentencia en la que se declaró exequible la Ley 1762 del 2015, por medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal. Según explica el fallo, la violación del principio de unidad de materia, consagrado en el artículo 158 de la Carta Política, solo puede predicarse de aquellos apartes, segmentos o proposiciones de una ley respecto de los cuales, razonable y objetivamente, no sea posible establecer una relación de conexidad temática, causal  sistémica o con la materia dominante de la misma. Así mismo, aseguró que examinando el trámite en el Congreso de la normativa acusada determinó que no se desconocieron las reglas de competencia de las comisiones constitucionales permanentes al tramitar un proyecto de ley que tiene un objeto complejo que aborda diversas áreas del Derecho, por medio de comisiones que se ocupan especialmente de esos asuntos o los temas más afines y prevalentes. Finalmente, la providencia dice que la Corte se inhibió en relación con los demás cargos de inconstitucionalidad que se formularon contra la ley, relativos al desconocimiento de las reglas de votación en el Congreso, la reserva de ley estatutaria y ley orgánica, las competencias del Gobierno en materia aduanera y derecho penal mínimo, en atención a que no cumplieron con los requisitos que se exigen para emitir una decisión de fondo (M. P. María Victoria Calle).

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