Auditores de cuentas médicas deben asegurar reserva de la información (3:11 p.m.)
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02 de Octubre de 2018
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Toda persona que en desarrollo de funciones de auditoría de cuentas médicas por prestación de servicios de salud tenga acceso a información reservada, como es el caso de las historias clínicas, deberá asegurar la reserva de la información y de los documentos que se lleguen a conocer en su ejercicio, preservando en todo momento el derecho fundamental a la intimidad y habeas data, indicó el Ministerio de Salud. El artículo 2.5.1.7.2 del Decreto 780 del 2016 (DUR del sector Salud) otorgó a las entidades territoriales, en el marco de sus funciones de inspección, vigilancia y control, competencia para realizar auditorías para el mejoramiento de la calidad de atención en salud sobre las instituciones prestadoras de servicios de salud.
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