Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Así están estructurados los perjuicios inmateriales: Consejo de Estado (12:40 p.m.)

112403

12 de Abril de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Dentro de una acción de reparación directa, la Sección Tercera del Consejo de Estado precisó que la tipología del perjuicio inmaterial se puede sistematizar entre el perjuicio moral y el daño a la salud (perjuicio fisiológico o biológico). Además, cualquier otro bien, derecho o interés legítimo constitucional jurídicamente tutelado que no esté comprendido dentro del concepto de “daño corporal o afectación a la integridad psicofísica” y que merezca una valoración e indemnización a través de las tipologías tradicionales. Lo anterior como el daño a la vida o la alteración grave a las condiciones de existencia o mediante el reconocimiento individual o autónomo del daño (el derecho al buen nombre, al honor o a la honra, el derecho a tener una familia, entre otros), siempre que esté acreditada en el proceso su concreción y sea preciso su resarcimiento, de conformidad con los lineamientos que fije en su momento esta Corporación. Conozca otras apreciaciones y el caso en el documento adjunto (C. P. Ramiro Pazos Guerrero).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)