Condición de pensionado es irrelevante para el ingreso como empleado de carrera (4:53 p.m.)
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12 de Febrero de 2010
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La condición de pensionado es indiferente para poder ingresar al sector público como empleado de carrera, pues así se infiere del artículo 150 de la Ley 100 de 1993, advirtió la Corte Suprema de Justicia. Según la Sala Civil, así como ese estatus no es relevante para acceder a un cargo público, tampoco puede serlo para que se cumplan las exigencias o formalidades inherentes a la posesión, como son la afiliación a salud y pensiones. De esta forma, la corporación confirmó un fallo de tutela en el que se obligaba a una administradora de fondos de pensiones a afiliar al sistema de pensiones a una persona que ya había reclamado la devolución de saldos, pues esa afiliación era necesaria para que se posesionara en un cargo público (M.P. Ruth Marina Díaz Rueda).
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