Concejo de Bogotá modificó su reglamento interno (10:45 a.m.)
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10 de Febrero de 2016
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Mediante Acuerdo 635 del pasado 4 de febrero, el Concejo de Bogotá modificó el Acuerdo 348 del 2008, por el cual se expide el reglamento interno de la corporación, en cuanto a la sesión de instalación, elección del personero y contralor distritales, así como de los secretarios general y de las comisiones permanentes. De acuerdo con la disposición, el 1° de enero siguiente a la elección de cada periodo constitucional, a las 3:00 p.m., se instalará el Concejo Distrital, con la presencia del Alcalde Mayor, cuya ausencia no impedirá ni viciará el evento. La sesión será presidida por el cabildante que haya ejercicio la presidencia en la sesión plenaria del último periodo inmediatamente anterior, si fuere reelegido, o, en su defecto, por orden alfabético. Actuará como secretario provisional mientras se elige el funcionario en propiedad el secretario general de la corporación del periodo inmediatamente anterior, si no ha renunciado. Si por fuerza mayor o caso fortuito no se puede llevar a cabo la instalación, se realizará tan pronto como sea posible.
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