Autos y sentencias pueden ser atacados, de manera excepcional, mediante acción de tutela (3:00 p.m.)
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05 de Noviembre de 2013
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La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha incluido dentro del concepto de providencia judicial no solo las sentencias, también los autos proferidos por las autoridades judiciales. Por lo tanto, mediante la acción de tutela, aunque de manera excepcional, puede atacarse esta clase de decisiones. Así lo reiteró el alto tribunal, recordando que en materia de decisiones adoptadas en autos ha señalado que estas, por regla general, deben ser discutidas por medio de los recursos ordinarios que el legislador ha dispuesto. Así la cosas, dentro de los eventos en que procede la tutela está cuando se evidencia una vulneración o amenaza de los derechos fundamentales de las partes que no puede ser reprochada mediante otros medios de defensa judicial. En este caso, para que proceda la tutela, deberán reunirse los requisitos generales y presentarse al menos una de las causales específicas de procedibilidad de la acción tutela contra providencias judiciales que han sido fijados por el máximo juez constitucional (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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