Autorizan a empleado judicial ir a trabajar acompañado de animal de apoyo
30 de Noviembre de 2022
El Consejo de Estado amparó el derecho fundamental a la salud de un empleado judicial vulnerado por una dirección ejecutiva seccional de administración judicial, por su renuencia en autorizar el ingreso de su canina de apoyo a las instalaciones del juzgado en donde trabaja, con el fin de tener un respaldo emocional permanente que le ayude a controlar el trastorno de ansiedad y depresión severa que le fue diagnosticado.
La autoridad accionada deberá expedir un carné, documento u oficio que contenga la foto del animal, el nombre y la raza a que pertenece, el nombre e identificación de su propietario y la dependencia a la cual está autorizada para ingresar; por su lado, ordenó al funcionario judicial que periódicamente acredite que su perra cumple con los requisitos sanitarios correspondientes, que no padece ninguna enfermedad transmisible a los humanos, que cuenta con sus respectivas vacunas y que está libre de parásitos internos y externos.
Así mismo, el tutelante debe ser responsable de la permanencia de la canina en las instalaciones de su lugar de trabajo y de cualquier daño ocasionado a las personas, los bienes y la infraestructura y, además debe identificarla plenamente con los elementos que la reconocen como animal de apoyo emocional.
Por último, se aclaró que no en todos los casos en los que se cuenta con una certificación expedida por un profesional en sicología debe permitirse el ingreso de los animales de apoyo emocional a las instalaciones del entorno laboral (C. P.: Luis Alberto Álvarez Parra).
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