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Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Autoridades del sector educativo no pueden condicionar la asignación de docentes al número de estudiantes (2:37 p.m.)

29 de Marzo de 2017

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Nota:
54617
La Corte Constitucional advirtió que las autoridades del sector educativo comprometen los derechos de niños y adolescentes que habitan una zona rural de difícil acceso cuando condicionan la asignación docente a la cantidad de menores de edad y no diseñan estrategias sólidas para que, en caso de no ser posible el nombramiento de un profesor, los menores tengan asegurado el transporte diario de ida y vuelta a su lugar de estudio. Al mismo tiempo aclaró que la vulneración de este derecho ocurre cuando la gestión administrativa se limita a procesos formales que no dan cuenta de la demanda educativa real en esas zonas y la desatienden. Esa afirmación fue sostenida en el fallo de una acción de tutela en la que se denunció la renuencia de la Secretaría de Educación del Caquetá de nombrar un docente en la escuela de la vereda La Cabaña, una de las sedes de la Institución Educativa Rural Rafael Uribe Uribe. Por eso, el alto tribunal no solo alertó a la gobernación de Caquetá y a esa institución educativa para que, conforme la jurisprudencia constitucional, en la sede La Cabaña del municipio El Paujil aseguren la presencia de los docentes, de tal forma que bajo ninguna circunstancia los estudiantes permanezcan por más de 15 días calendario sin recibir clase. Igualmente, les ordenó revisar y realizar un censo de la población en edad escolar que habita en la vereda, para establecer las necesidades educativas actuales de la zona (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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