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ATENCIÓN: Suspenden uso del plaguicida CPF, por ser peligroso para la vida y la salud

La exposición a CPF incide en el desarrollo de enfermedades como cáncer, diabetes o párkinson. También puede producir accidentes cerebrovasculares, parálisis respiratoria, incluso la muerte.
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Escritura pública de compraventa sobre bien público es nula, por objeto ilícito (Freepik)

19 de Diciembre de 2022

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La Corte Constitucional le ordenó al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) que suspenda de manera inmediata la comercialización de productos químicos agropecuarios con el componente activo clorpirifós (CPF). La entidad tendrá seis meses para eliminar de forma definitiva el uso de esta sustancia.

La orden se generó como consecuencia del estudió de una tutela que presentó un ciudadano en favor de los derechos de su hija menor de edad y de otras personas, dado que en el país se comercializa y utiliza el plaguicida tanto en cultivos como en la alimentación de animales, y en la Unión Europea y EE UU fue prohibido por sus niveles de toxicidad.

El alto tribunal encontró que el ICA, entidad encargada de autorizar el uso de plaguicidas y velar porque el sector agrícola funcione en condiciones adecuadas, ni siquiera evaluó el riesgo para la salud y la vida que, eventualmente, podría recaer sobre la población colombiana por el uso de esta sustancia.

La sentencia indicó que continuar con el uso del CPF tendría como consecuencia que otros países se abstengan de importar productos colombianos, por no ajustarse a sus estándares. Esto impactaría negativamente en la actividad agrícola, cuya promoción también se encuentra a cargo del ICA.

Por lo tanto, la Corte aplicó el principio de precaución en salud y concedió la protección de los derechos de los niños y niñas. En este sentido, ordenó al ICA que suspenda la comercialización del CPF y que adopte las medidas necesarias para eliminar definitivamente el uso de este pesticida. Igualmente, el fallo le ordenó al Ministerio de Salud que acompañe al ICA en el cumplimiento de las órdenes y solicitó a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo que vigilen el cumplimiento de esta sentencia (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).

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