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Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Anulan instrucciones de la Supersalud que orientaban la práctica del aborto (8:40 a.m.)

05 de Enero de 2017

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Nota:
53291
La Sección Primera del Consejo de Estado anuló parcialmente la Circular 003 del 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud para direccionar a las EPS, entidades administradoras de planes de beneficios y a las entidades territoriales sobre la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), luego de verificar la falta de competencia para desplegar la facultad normativa sin una cobertura legal o constitucional apropiada. En efecto, la decisión recayó sobre la instrucción 2ª, orientada a asegurar la efectiva prestación de la atención médica en los casos de IVE; la instrucción 4ª, que se ocupaba del tema de la objeción de conciencia y, finalmente, la instrucción 11, en la cual se fijaban las reglas para la práctica de la IVE y, además, se definía un procedimiento para los casos en los que el servicio era solicitado. Igualmente, fue invalidado el párrafo 2º de la instrucción 12, en donde se enlistaban las condiciones para decidir sobre la realización de la IVE en cada etapa de gestación. Por su parte, la validez del inciso 2º de la instrucción 3ª fue condicionada a que se entienda que en el caso de las mujeres con discapacidad la solicitud de IVE puede efectuarla su representante legal, o quien quiera que actúe legítimamente en su nombre, sin requisitos formales adicionales al denuncio penal por acceso o acto carnal violento o abusivo, cuando tal sea la causal invocada, o la certificación de un médico que acredite la situación de riesgo correspondiente, cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer o exista grave malformación del feto que haga inviable su vida (C. P. Guillermo Vargas).

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