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Algunas medidas para mitigar efectos económicos en el sector transporte e infraestructura son inexequibles

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27 de Agosto de 2020

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Exequibles fueron declarados por la Corte Constitucional los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13 y 14 del Decreto Legislativo 575 del 2020, que adoptó medidas para mitigar los efectos económicos generados por la pandemia coronavirus (covid-19) en el sector transporte e infraestructura, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica. Igualmente, fueron declarados inexequibles los artículos 9 y 10 de dicha norma, por no superar el juicio de conexidad material. Cabe resaltar que estas disposiciones dictaban medidas relativas al precio de las mejoras en predios baldíos y a la inclusión de una conducta que atentaba contra la libre competencia, respectivamente. A juicio de la Corporación, no existe una relación entre dichos artículos y las causas que sustentaron la declaratoria del estado de excepción. Los magistrados Carlos Bernal Pulido, Luis Guillermo Guerrero Pérez y Cristina Pardo Schlesinger presentaron salvamento parcial de voto (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

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